Reclamación de deuda a comuneros morosos

Reclamación de deuda a comuneros morosos: ¿Monitorio o procedimiento declarativo?

En el día a día de las comunidades de propietarios uno de los problemas más recurrentes es la morosidad de algunos comuneros. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece mecanismos específicos para reclamar estas deudas, pero ¿cuál es la mejor estrategia?
A primera vista, el procedimiento monitorio parece la vía más rápida y efectiva. Su simplicidad procesal y la posibilidad de una inmediata ejecución si el deudor no se opone lo convierten en una opción atractiva. Sin embargo, no siempre es la más conveniente.

¿Por qué optar por un procedimiento declarativo verbal?

Evita dilaciones innecesarias: En muchos casos, los comuneros morosos formulan oposiciones genéricas en el monitorio, forzando su conversión en un declarativo. Este cambio puede ralentizar el proceso, cuando en realidad podríamos haber iniciado directamente el declarativo.

Mayor seguridad jurídica: La experiencia profesional de juzgados y tribunales hace que el monitorio no tenga la mejor opinión de los jueces. La razón que manifiestan “off the record” es que ellos no son “unos cobradores del frac” como resulta en el monitorio. Su misión es impartir justicia, por lo tanto escuchar a las partes en el procedimiento evitando cualquier indefensión y en esa reflexión el declarativo ofrece todas las garantías.

Si el deudor se opone al monitorio, el proceso se transforma en un declarativo, dilatando aún más la resolución. En cambio, interponer directamente un declarativo verbal permite estructurar mejor la demanda y anticipar posibles motivos de oposición.

Experiencia: Esa cierta aversión de los órganos judiciales al monitorio se refleja en la inadmisión de las peticiones por supuestos defectos, bien en la notificación al moroso o bien en el desglose y detalle de la deuda.
En cambio en el procedimiento declarativo, podemos exponer con mayor claridad la existencia y exigibilidad de la deuda, evitando la indefensión que en ocasiones genera la falta de detalle en el monitorio.

Por supuesto, cada caso debe analizarse específicamente, y la estrategia procesal adecuada dependerá de la cuantía de la deuda, la actitud del deudor y otros factores. En Pilar46 Abogados, asesoramos a comunidades de propietarios para reclamar y recuperar lo que les corresponde.

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