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¿Estás en prisión o tienes un familiar en la cárcel?

Si tú o un familiar se encuentran en prisión, necesitan un abogado penalista experto en Derecho Penitenciario. En este despacho prestamos asistencia integral a personas privadas de libertad. Interponemos recursos ante la sección de Vigilancia Penitenciaria contra permisos denegados por la Junta de Tratamiento, impugnamos clasificaciones de grado, solicitamos libertades condicionales y traslados de centro penitenciario, asimismo recurrimos sanciones disciplinarias y cualquier resolución que perjudique al interno.
• Visitamos periódicamente a nuestros clientes en prisión y mantenemos un trato cercano y personalizado tanto con ellos como con sus familiares.
• Actuamos de forma directa ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria y ante la Junta de Tratamiento del centro penitenciario.
• Entregamos personalmente al interno y a sus familiares copia de todos los escritos y recursos presentados, para que estén informados en todo momento del estado de su caso.
Así que, si estás en prisión o tienes un familiar privado de libertad, trabajaremos para lograr su salida en el menor tiempo posible. Contamos con amplia experiencia en Derecho Penitenciario y una trayectoria consolidada en la defensa de este tipo de asuntos.
Recuerda: tan importante como el delito que se imputa es la calidad de la defensa. Llámanos sin compromiso y estudiaremos tu caso.
Dentro de prisión.
Una vez ingresada en prisión, toda persona interna tiene derechos y obligaciones propios del sistema penitenciario, cuyo objetivo principal en España es la reinserción y resocialización del penado, conforme al artículo 25.2 de la Constitución.
En función de la duración de la pena y, especialmente, del comportamiento del interno, se procederá a su clasificación en primer, segundo o tercer grado. Con carácter general, la clasificación inicial suele ser en segundo grado, reservándose el primer grado para supuestos excepcionales de especial peligrosidad o mala conducta.
Tras la clasificación, el interno podrá acceder progresivamente a permisos de salida si mantiene buena conducta y obtiene informes favorables de la Junta de Tratamiento. Posteriormente podrá alcanzarse la clasificación en tercer grado y, finalmente, la libertad condicional. Incluso antes de los permisos ordinarios, puede autorizarse la salida en régimen semiabierto para trabajar en el exterior.
Para una evolución penitenciaria favorable es esencial conocer y cumplir adecuadamente los deberes del interno, lo que permite optimizar los tiempos de cumplimiento de la pena conforme a sus circunstancias personales.



